La concesión de ayuda social, tiene por objeto regir la concesión, en régimen de concurrencia, de ayudas individuales para hacer frente al pago total o parcial de los gastos que ocasionan el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la vivienda habitual, cuando su destino es exclusivo para uso residencial, en el ejercicio 2016, siempre que las personas y/o familias cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
PLAZO
Del 2 al 18 de marzo
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
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